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NUEVAS INSTALACIONES DE SERVICIO TELEFÓNICO BÁSICO AL SEGMENTO RESIDENCIAL NACIONAL
 
Para el uso de las capacidades técnicas disponibles, ETECSA establece un orden de prioridad que incluye los traslados pendientes, los servicios públicos, los servicios del sector empresarial y otros compromisos y obligaciones de la empresa. Una vez satisfechas estas demandas, la empresa ofertará las capacidades disponibles para la instalación de nuevos servicios a la población, que son distribuidos y otorgados por el Consejo de la Administración Municipal (CAM).
 
Las vías para realizar ofertas del servicio telefónico básico a la población son las siguientes:
  • A través de los Órganos Locales del Poder Popular (Consejo de Administración Provincial - CAP para la asignación a la población por los Consejos de la Administración Municipal - CAM).
  • El CAP se encarga de informar, a través de los medios de comunicación, los detalles relacionados con el proceso y la fecha a partir de la cual comenzarán a recepcionarse las solicitudes de la población en las zonas beneficiadas.
  • El CAM crea la Comisión de Otorgamiento para recibir las solicitudes de la población y analiza y aprueba la lista de las personas que deben ser beneficiadas con la asignación del servicio telefónico.
  • Al final de este proceso, el CAM envía a ETECSA un listado de las personas beneficiadas, las cuales serán contactadas por las Unidades Comerciales para establecer el contrato e instalar el servicio telefónico.
  • ETECSA no interviene en el proceso de asignación del servicio telefónico.
ETECSA no podrá proceder con los casos que se encuentren en el listado de otorgamiento  cuando:
  • La dirección de residencia del beneficiado difiere de las informadas previamente por ETECSA.
  • El beneficiado posee un servicio telefónico instalado a su nombre.
  • El beneficiado reside en un inmueble donde el propietario no acepta la instalación del servicio.
  • El beneficiado ha fallecido o salió definitivamente del territorio nacional.

 

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